DIVORCIO ONLINE
Si existe acuerdo entre los cónyuges que han cesado su convivencia por más de 1 año y lo acreditan con 2 testigos (firman con clave única), el DIVORCIO se puede decretar sin necesidad de AUDIENCIAS, reduciendo significativamente los tiempos y el proceso, de acuerdo al artículo 64 bis de la ley 19.968.
Ventajas:
- MENOR COSTO: Sólo un abogado y en el caso que el tribunal requiera de dos abogados, nuestro estudio asume dicho costo.
- MÁS RÁPIDO: Se reduce a un máximo de 15 días hábiles
- SIN AUDIENCIAS: No existen las audiencias preparatorias ni de juicio, que hacen del proceso de divorcio en más de 3 meses y en algunos casos, superior a 1 año.